(www.uso.es)
Nueva sentencia del Tribunal Supremo contra Repsol Butano por vulnerar la libertad sindical de USO: la condena a indemnización y costas
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su sentencia del 25 de junio de 2024, considera vulnerada la libertad sindical de USO en la empresa Repsol Butano, al excluir al sindicato de la Comisión Coordinadora de Seguridad y Salud. La sentencia confirma la dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional el 30 de junio de 2021 y desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa.
El Supremo señala que la conducta de Repsol Butano es una lesión a la libertad sindical de USO y declara nula la decisión de no permitir su asistencia, con voz y sin voto, a las reuniones de dicha comisión. Así, a partir de ahora, la empresa tiene la obligación de convocar y permitir la presencia del delegado sindical de USO.
Según estima el Alto Tribunal, esto constituye un derecho autónomo vinculado al ejercicio de la acción sindical, en virtud de lo regulado por el artículo 10.3, apartado 2, de la LOLS. Y lo considera así, aunque en el convenio solo se contemple la participación de los delegados sindicales con voz, pero sin voto, en el Comité de Seguridad y Salud: no cabe duda de que la Comisión Coordinadora, de carácter paritario, es uno de los órganos internos de la empresa en materia de seguridad e higiene.
La sentencia concluye que:
“la infundada negativa de la empresa a la asistencia con voz y sin voto a las reuniones de la Comisión Coordinadora de Seguridad y Salud Laboral del delegado sindical de USO posee sin duda relevancia constitucional, constituyendo efectiva lesión del derecho a la libertad sindical reconocido en el artículo 28 CE en relación con el artículo 10.3.2º de la LOLS”.
Indemnización y condena en costas
Pero, además, el Supremo condena a Repsol Butano a indemnizar a USO con 6.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados, y a asumir las costas: 1.500 euros, con pérdida de depósito y cantidades consignadas. Julia Bermejo, letrada de USO, destaca que “no es habitual que en un proceso laboral exista condena en costas. Sin embargo, ya ocurrió con otra sentencia del Supremo contra Repsol Butano por el mismo motivo, lesionar la libertad sindical de USO. Seguramente entienda el Ato Tribunal que existe una continua y deliberada vulneración de los derechos de USO por parte de esta empresa”.
Esta es la tercera sentencia en materia de tutela de libertad sindical que USO gana frente a empresas del Grupo Repsol (una, contra Repsol Química; dos, contra Repsol Butano), lo cual demuestra las continuas trabas que ambas ponen a la labor sindical de nuestros representantes.