Estimados/as compañeros/as:
Desde la Unión Sindical Obrera (USO), queremos recordar a todos los trabajadores/as, que dice nuestro Convenio Colectivo de las Industria del Metal de la Provincia de Cádiz con respecto a los días 24-31 de Diciembre y 5 de Enero.
Nuestro Convenio del Metal de la Provincia de Cádiz, en su Capítulo “III Condiciones de Trabajo” y concretamente en su artículo 22 en Jornada de Trabajo, dice lo siguiente:
“Los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero no se trabajará, es decir están excluidos del cómputo de la jornada y por lo tanto, al igual que los domingos, son días no laborables“.
Dichos días no se computan a efectos de vacaciones. Y también dice lo siguiente:
“En aquellas empresas que, por naturaleza de su actividad, tengan que trabajar todos los días del año y no sea posible aplicar la reducción de jornada en los días referidos, tendrá que ser la empresa y la RLT,(Representación Legal de los Trabajadores/as), los que acuerden otras fórmulas alternativas”.
Es decir, tiene que haber acuerdo entre las partes.