Desde nuestro anterior comunicado ha habido varias novedades de interés de las
que pasamos a informaros:
El 23 de febrero, se conoció el fallo del Tribunal Supremo, sobre el recurso de CGT, la Sentencia 180/2026, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo declara la nulidad de varios artículos del Real Decreto 402/2025, por el que se regula el nuevo procedimiento para el estudio y aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades profesionales de riesgo para la salud y que sustituye al anterior Real Decreto 1698/2011.
De las partes que declara el nula el Supremo, hay que destacar el artículo 12.1 del Real Decreto que vulnera el derecho fundamental de libertad sindical, ya que imponía la obligación de que los solicitantes del procedimiento aportaran a la Seguridad Social la identificación fiscal de los trabajadores/as del sector o actividad objeto de estudio, -requisito que en la práctica era impuesto desde el año 2014 por la Seguridad Social y que servía de pretexto para paralizar gran parte de los procedimientos-.
En palabras del Tribunal Supremo, este requisito “afecta de manera desproporcionada al ejercicio de la acción sindical en defensa de las condiciones laborales pues se le imponen requisitos exorbitantes para su viabilidad y que son ajenos al objeto del procedimiento regulado”.
En esos días también el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado un oficio en el que comunica que va a poner en disposición de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social los datos necesarios para la identificación fiscal de las personas incluidas en el colectivo de transporte de viajeros por carretera.
POR LO TANTO, NO ES NECESARIO APORTAR LOS DATOS QUE SOLICITABAN
CCOO Y UGT A TODOS LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL SECTOR.
Desde USO os informamos de que ya nos hemos personado en calidad de interesados en el procedimiento para que nos den el trámite de audiencia preceptivo y se nos dé conocimiento de todos los informes existentes, a fin de poder realizar cuantas alegaciones y presentar cuantos documentos creamos oportunos.
Os recordamos que USO fue la primera organización sindical que recurrió el actual RD 402/2025, de 27 de mayo, por volver a requerir ser más representativo para poder instar este tipo de procedimientos y está pendiente de votación y fallo.
Seguiremos informando.

