Fuente: PreventionWorld

Se calcula que cada día casi 50 personas son víctimas de una enfermedad profesional en España. Una de las dificultades radica en determinar qué son y qué no son enfermedades profesionales.

El Consejo de Ministros aprobaba hace una semanas incorporar a este cuadro el cáncer de pulmón en trabajos expuestos a la inhalación de polvo de sílice. O en Vizcaya, donde la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social ha reconocido, por primera vez, el síndrome del túnel carpiano como enfermedad profesional.

Sin embargo, enfermedades tan habituales como el estrés y el acoso laboral siguen fuera del cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social. Es lo que acaba de reclamar el Congreso: modificar el cuadro de enfermedades y sus criterios para su notificación y registro con el fin de reconocer como tal el estrés y el acoso laboral.

Así consta en la proposición no de ley aprobada en la Comisión de Empleo y Seguridad Social de la Cámara Baja, a raíz de una iniciativa de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, pactada finalmente con el PSOE. El PP ha sido el único grupo que se ha posicionado en contra.

La iniciativa, dirigida ante el aumento de la siniestralidad laboral, incluye un apartado para modificar este cuadro de nfermedades profesionales, también con el fin de que su aplicación “no dé lugar a discriminaciones por razón de género en el reconocimiento de una dolencia como enfermedad profesional”.

Asimismo, el texto aprobado pide incorporar en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales una perspectiva de género, tanto en la prevención por parte de los agentes implicados, como en los servicios ajenos. En este sentido, llama a potenciar los servicios y medios propios del empresario frente a los servicios de prevención ajenos, para lo que pide modificar la propia ley.

Además, el Congreso reclama aumentar la plantilla de la Inspección de Trabajo y de las partidas para la prevención de riesgos laborales con el fin de actuar contra la siniestralidad laboral y asegurar que “ningún trabajador o trabajadora realice su trabajo sin protección efectiva”.